¿Eres persona física ante el SAT? Esto te interesa
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Del 1 de abril al 30 de este mismo mes es el plazo establecido para la presentación anual de impuestos para personas físicas.
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María de Lourdes Iglesias, administradora Desconcentrada del Servicio de Administración Tributaria México, refirió que como cada año aquellas personas que a lo largo de los últimos 12 meses, realizaron actividades económicas y percibieron ingresos por sueldos o salarios están obligadas a hacer la entrega de toda su documentación, pagos provisionales y completar el ciclo de contribución fiscal.
De acuerdo con el portal Datos Abiertos del SAT, se contaban nueve millones 589 mil contribuyentes de los cuales más del 90%, están incluidos como personas físicas y que por ende estarían obligados a presentar dicha declaración.
Este año, la autoridad fiscal dio a conocer que aquellas personas que tengan pagos pendientes del ejercicio 2023, podrán hacer los mismos hasta en seis parcialidades, iniciando con ellos en este mes de abril y concluyendo en el próximo agosto.
“Este año se tiene la facilidad para aquellas personas que tengan de saldo en contra pueden ser en 6 parcialidades, Una vez concluido el proceso obtendrían su acuse de cumplimiento de la presentación y las líneas de captura para poder realizar el pago”.
Los sujetos obligados, en este caso son quienes trabajaron con dos o más patrones de manera simultánea en el ejercicio 2023, quienes excedan los 400 mil pesos de ingresos en este ejercicio, las personas que tuvieron alguna indemnización o ingresos por pensión, si tuvieron ingresos que provengan del extranjero o que obtuvieron ingresos de retenedores que no estén obligados a declarar este impuesto.
También deben presentar la declaració Personas Físicas que se dedican a prestar un servicio profesional o aquellos que realizan una actividad empresarial y quienes rentan un inmueble.
“El SAT recuerda a todos los contribuyentes personas físicas que son obligados a presentar la declaración anual, que tiene del 1 al 30 de abril del presente año para poder realizarlo y los obligados a realizarlo son las personas que perciben ingresos por sueldos y salarios”.
Para realizar el procedimiento es necesario contar con su RFC así como la contraseña o firma electrónica, elementos necesarios para ingresar al portal.
De contar con toda la información pertinente, el proceso puede realizarse hasta en 10 minutos; del próximo 17 de abril y hasta el final del mes las diferentes oficinas regionales del SAT tendrán un horario ampliado de atención para asesorar a los contribuyentes, esto es desde ocho 30 de la mañana hasta 6 de la tarde.